Breve Introducción Programa Estándar de Inspección
de acuerdo al Reglamento Europeo (CEE) 2092/91, el Programa Nacional Orgánico (NOP) de EEUU, JAS, y la interpretación de CERES de estos reglamentos
1. Certificación de grupos:
• Es una herramienta necesaria para permitir a pequeños productores el acceso a mercados orgánicos
• Requiere un fuerte compromiso y buen conocimiento por parte de la organización o el propietario del certificado
• Se puede usar para la producción vegetal, ganadería y apicultura.
2. Base normativa:
• De acuerdo a NOP, agricultores con menos de 5,000 USD de volumen de ventas orgánicas pueden vender sus productos sin certificación; sin embargo, esto se refiere más a pequeños productores en los EEUU, quienes venden directamente a los consumidores.
• En 2003, la comisión de la UE publicó una “guía” para la certificación de grupos de acuerdo al Reglamento (CEE) 2092/91; este documento no tiene el carácter de ley, y diferentes países miembros de la UE pueden tener diferentes opiniones al respecto; la guía limita la certificación de grupos a países en vías de desarrollo, tal como los define la OCDE (http://www.oecd.org/pdf/M00038000/M00038051.pdf)
• La Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM) organizó varios encuentros sobre la certificación de grupos, y publicó una serie de documentos normativos y de capacitación
• CERES, tomando en cuenta estos diferentes enfoques, ha elaborado su propia política; las siguientes consideraciones se basan en esta interpretación.
3. Qué son pequeños productores:
• Estamos de acuerdo con la definición de la guía de la UE, de que pequeños productores en este contexto son aquellos, para quienes el costo de una certificación individual excedería el 2% de su volumen de ventas anual obtenido con el producto certificado.
4. Qué es un grupo de productores:
• Grupos de productores pueden ser cooperativas, asociaciones u organizaciones similares; pero también empresas de procesado o comercio pueden organizar a sus proveedores de materia prima en un grupo
• Grupos de productores deben estar ubicados en la misma región geográfica, tener el mismo producto y sistemas de producción similares
• En caso de que el grupo esté disperso por una región grande, tiene que ser subdividido
• La certificación de grupos tiene sentido solo para grupos de 15 miembros para arriba; sin embargo, también grupos más pequeños son invitados a establecer su propio sistema de control interno (SCI), independientemente del porcentaje de control externo por la agencia certificadora.
5. Control interno:
• Como requerimiento básico, todos los productores tienen que recibir una visita de inspección por lo menos una vez al año por los inspectores internos
• Los inspectores internos tienen que ser capacitados debidamente para su trabajo; recomendamos que sea el personal de CERES que realice esta capacitación.
• Al seleccionar a los inspectores internos, se tienen que evitar conflicto de interés; sin embargo, reconocemos que existen situaciones, donde p.ej. asesores técnicos tienen que hacer también el papel de inspectores internos
• Las inspecciones internas tienen que documentarse en informes firmados por el productor y el inspector; estos informes tienen que ser debidamente archivados
• Los inspectores internos tienen que dedicar suficiente tiempo a cada inspección
• Los reportes tienen que describir todos los puntos relevantes de la unidad inspeccionada, y deben señalar las no-conformidades
• Los resultados del control interno deben ser evaluados y resumidos en el plan de manejo orgánico y la tabla para la revisión de informes de inspección interna.
6. Reglamento y aprobación internos:
• El grupo deben contar con un reglamento interno, el cual debe incluir, entre otros, las acciones correctivas y sanciones establecidas para diferentes no-conformidades
• Un cuerpo de aprobación interna debe evaluar los informes, supervisar a los inspectores, aprobar preliminarmente a los productores, e imponer las acciones correctivas.
7. Control externo:
• El número de productores a ser controlados por el inspector externo es determinado por la raíz cuadrada del número de todos los productores, multiplicado por un factor de riesgo:
y = r x vx (y = productores controlados por CERES, r = factor de riesgo, x = número de todos los miembros del grupo); el mínimo es 10
• El factor de riesgo “r” puede variar entre 1 y 4: grupos con un cultivo de bajos insumos externos, un buen SCI y una baja cuota de no-conformidades, tendrán un bajo factor de riesgo, y viceversa; ejemplo:
Uso de plaguicidas |
SCI |
Factor de riesgo |
Número de productores |
|
15 |
25 |
50 |
100 |
200 |
400 |
|
Productores a ser visitados por CERES |
|
Común |
malo |
4 |
15 |
20 |
28 |
40 |
56 |
80 |
|
Raro |
bueno |
1 |
10 |
10 |
10 |
10 |
14 |
20 |
• Desde luego, la muestra para la evaluación externa debe ser representativa del grupo entero; en organizaciones grandes, el SCI de cada subgrupo tiene que ser evaluado por separado.
8. Documentación:
• El grupo debe presentar un plan de manejo orgánico detallado
• Los agricultores deben llevar registros mínimos (vea la "Breve información sobre producción vegetal ")
• En cada nivel deben documentarse las cantidades adquiridas, almacenadas, procesadas y vendidas, desde el pequeño productor hasta la exportación o venta final
• Adicionalmente, JAS exige la documentación del control de cada lote vendido: antes de vender un lote con el logotipo JAS, el productor tiene que revisar, si los requerimientos de JAS se han cumplido en cada paso de la producción.
9. Certificación:
• El grupo puede ser certificado solo en caso de que el SCI funcione en forma adecuada, lo que incluye, entre otros, que los inspectores internos hayan detectado las no-conformidades y el cuerpo de aprobación haya reaccionado debidamente, implementando las respectivas acciones correctivas.
• Productores nuevos pueden ser incluidos en la lista de productores aprobados solo después de haber sido aprobados por la agencia certificadora.
Por favor, tenga en mente que esto es solo una selección de los requerimientos básicos de los reglamentos orgánicos, a manera de una introducción. Desde luego, el operador tiene que conocer y poner en práctica todas las exigencias del respectivo reglamento. Se enviará información más detallada, tan pronto el grupo firme un contrato con CERES .
de acuerdo al Reglamento Europeo (CEE) 2092/91, el Programa Nacional Orgánico de Estados Unidos (NOP), JAS, y la interpretación de CERES de tales normas
Cómo mínimo, la inspección de grupos de productores orgánicos cubrirá los siguientes aspectos:
No |
Asunto |
Specificaciones |
|
1 |
Revisión |
del plan de manejo orgánico y su implementación. |
|
2 |
Inspección física |
Visita a una muestra representativa de fincas (vea la política de CERES referente a la certificación de grupos), enfocando:
• Semillas o plántulas
• Manejo de la fertilidad del suelo y control de erosión
• Fertilizantes usados
• Protección fitosanitaria
• Rotación de cultivos en caso de plantas anuales
• Uso de leguminosas
• Zonas de amortiguamiento
• Producción paralela
• Período de conversión
• Documentación en la finca (diario de producción, facturas para la compra de insumos, contabilidad de ventas)
• Etiquetado y trazabilidad
Durante estas visitas, el inspector llevará consigo los respectivos informes internos, y revisará, si son completos y correctos. |
|
|
|
Supervisión de un cierto número de inspecciones internas. |
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3 |
Documentación |
Visita a sitios de cosecha, bodegas y eventuales unidades de procesamiento, enfocando:
• Separación adecuada entre productos certificados y no certificados durante el almacenamiento, transporte, procesado, empaque
• Aptitud de recipientes y herramientas
• Etiquetado y trazabilidad
• Fuentes de contaminación poscosecha |
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|
|
• Lista completa de productores, incluyendo nombres, códigos, dirección, superficie etc.
• Mapa regional, resaltando la ubicación de todas las fincas (o, en caso de organizaciones muy grandes con varios subgrupos, por lo menos la ubicación de tales grupos), centros de acopio, bodegas, unidades de procesado y empaque
• Flujograma, mostrando el camino del producto desde el productor individual hasta la exportación o venta final
• Informes de inspección internas para todos los productores
• Reglamento interno
• Documentación de la capacitación y asesoramiento a los agricultores
• Contratos entre agricultores y la organización
• Facturas para insumos (semillas, fertilizantes, plaguicidas etc.) adquiridos por la organización, facturas o notas de entrega de la venta de estos productos a los agricultores individuales
• Documentación de la compra, el almacenamiento, procesado y la venta en diferentes niveles (centros de acopio, unidades de procesamiento, bodegas, etc.)
• Guías para el transporte
• Contabilidad de todas las ventas de productos agrícolas. |
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4 |
Vea también |
• Políticas de CERES referente a:
o Certificación de grupos
o Período de conversión orgánica
o Zonas de amortiguamiento
o Trazabilidad
o Residuos de plaguicidas y frecuencia de muestreo
o Rotación de cultivos, leguminosas y cultivos de cobertura
o Tamaño máximo de terrenos
o Gallinaza convencional
• Breve información sobre certificación de grupos
• Plan de manejo orgánico para grupos de productores |
Por favor tenga en cuenta, que estos son los requerimientos mínimos. En muchos casos, se tendrán que incluir puntos adicionales en el programa de inspección!