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3. Establos: • Tanto NOP como el Reglamento UE exigen establos apropiados, que presten las condiciones para la libertad de movimiento y las necesidades inherentes al comportamiento de las especies, camada y temperatura adecuadas. Los animales deben tener acceso al aire libre, luz solar directa, sombra y protección. Los establos deben mantenerse limpios. Para la limpieza, la desinfección y el control de plagas se deben usar solo aquellas sustancias, que se mencionan en la Lista Nacional (NOP) o en los Anexos II B y E (UE). • El Reglamento UE determina más detalles para establos y corrales, como p.ej.: o Animales no deben ser amarrados o Los establos deben tener pisos lisos, pero no resbaladizos. o Terneros no deben estar en habitáculos individuales después de la primera semana o Cerdas madres deben ser criadas en grupos, lechones no deben ser criados en plataformas elevadas ni en jaulas o Aves deben ser criadas en condiciones de espacio abierto; no en jaulas o El número máximo de animales por gallinero se establece en Anexo I (8.4.3) o Superficies mínimas por animal se detallan en el Anexo VIII para diferentes especies. 4. Prácticas de manejo zootécnico: • Reglamento UE: o En principio, se debe usar la reproducción natural. Sin embargo, se permite la inseminación artificial. Otras formas de reproducción artificial son prohibidas. o Prácticas como la colocación de gomas en el rabo de las ovejas, el corte del rabo, el recorte de dientes o del pico y el descuerne no se deben realizar en forma sistemática. Algunas de estas prácticas se pueden permitir en casos excepcionales, por razones de seguridad o salud animal. o Las condiciones de engorde de terneros no deben promover la anemia o La edad mínima de sacrificio de aves se define en el Anexo I (6.1.9) o Las condiciones del transporte de animales deben minimizar el estrés. Se prohíben tranquilizantes alopáticos o equipos eléctricos para forzar a los animales o Tanto los animales como sus productos deben ser identificados. 5. Origen de animales y períodos de conversión: • Se deben seleccionar razas resistentes, adaptadas a las condiciones locales • Los animales deben ser adquiridos de operaciones orgánicas, y manejados de acuerdo a los reglamentos orgánicos desde su nacimiento, con algunas excepciones. Tiempos mínimos de manejo orgánico:
En caso del Reglamento UE, la adquisición de animales convencionales es sujeta a varias restricciones adicionales. Por favor, tome contacto con su agencia certificadora respecto a mayores detalles! • Durante el tiempo de conversión, los productos animales se deben vender como convencionales! 6. Tratamientos veterinarios: • Se deben prevenir las enfermedades y plagas mediante la selección de razas resistentes, estabulación y alimentación adecuadas, buenas condiciones sanitarias, y vacunas. • En caso de que los animales se enfermen a pesar de la prevención, deben ser tratados; se debe dar preferencia a tratamientos naturales u homeopáticos • En caso de tratamientos alopáticos, el tiempo de espera debe ser duplicado en caso del Reglamento UE; en caso de NOP, el animal tiene que pasar nuevamente por la transición, si eso es posible (vea 5) • No se permite el uso preventivo de medicina alopática. Esto se refiere sobre todo a antibióticos, coccidiostáticos u hormonas usados para promover el crecimiento. 7. Documentación: • Antes de realizarse la primera inspección, la finca tiene que presentar un plan de manejo orgánico a la agencia certificadora; este plan tiene que ser actualizado anualmente • Se debe llevar un diario de producción, en el cual se registran los principales acontecimientos relacionados con cada animal o lote de animales • Se deben archivar las facturas de la compra de animales, alimentos, medicinas, etc. • Se deben documentar las cantidades cosechadas de cada animal • Como mínimo, un sistema simple de contabilidad de la venta de productos orgánicos 8. Conocimiento: • El ganadero debe tener una copia del respectivo reglamento, y debe estudiarla • El productor necesita buen conocimiento de las reglas y técnicas de la producción orgánica.
Por favor, tenga en mente que esto es solo una selección de los requerimientos básicos de los reglamentos orgánicos, a manera de una introducción. Desde luego, el operador tiene que conocer y poner en práctica todas las exigencias del respectivo reglamento.
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No |
Asunto |
Specificaciones |
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1 |
Revisión |
del plan de manejo orgánico y su implementación. |
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2 |
Inspección física |
Visita a todos los terrenos, pastos, áreas de movimiento libre para los animales, enfocando: • Salud y bienestar de los animales • Espacio adecuado, libertado de movimiento, camada, ventilación, sombra, protección etc. para los animales • Posibilidades de realizar el comportamiento típico de la especie • Disponibilidad y calidad de alimentos y agua • Higiene • Medicinas veterinarias • Identificación de los animales • Almacenamiento de estiércol y purín |
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Visita a bodegas, unidades de procesamiento en la misma finca y otros edificios pertenecientes a la granja, enfocando: • Origen de alimentos, conformidad de aditivos • Etiquetado, trazabilidad • Separación poscosecha entre productos certificados y no certificados • Fuentes poscosecha de contaminación. |
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3 |
Documentación |
• Mapas o croquis de todos los lotes, incluyendo los edificios pertenecientes a la finca • Facturas de la compra de animales, alimentos, medicina veterinaria y otros insumos relevantes • Diario de establo • Libro de bodega y/o actas de procesamiento y/o diario de empaque (si es que aplica) • Contabilidad de todas las ventas de productos ganaderos. |
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Vea también |
• Breve información sobre ganadería orgánica • Plan de manejo orgánico para ganadería |
Por favor tenga en cuenta, que estos son los requerimientos mínimos. En muchos casos, se tendrán que incluir puntos adicionales en el programa de inspección!
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